FSC-CCOO Periodistas | 22 abril 2026.

La Agrupación de Periodistas de CCOO aplaude la condena a la Corporación de Servicios Audiovisuales de Galicia por vulneración de derechos fundamentales

    La sentencia refuerza la protección de los y las profesionales de la información cuando denuncian presiones o malas prácticas dentro de los medios, al tiempo que frena las prácticas empresariales que pretenden coartar la libertad de expresión de sus empleados y empleadas.

    09/03/2026.
    CSAG

    CSAG

    El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha condenado a la Corporación de Servicios AudIovisuales de Galicia CSAG (antigua CRTVG) por vulnerar los derechos fundamentales de una periodista a la que cambió de puesto como represalia por participar en los llamados “Viernes Negros”.

    Como se recordará, se trata de las movilizaciones que denuncian la manipulación informativa en los medios públicos gallegos. La sentencia revoca el fallo anterior de un juzgado de Santiago que no apreció modificación sustancial de las condiciones de trabajo. El alto tribunal gallego considera ahora que sí existió vulneración de derechos y ordena restituir a la trabajadora en su puesto, además de indemnizarla por daños morales.

    La resolución subraya que se quebrantó la garantía de indemnidad, que protege a los trabajadores frente a represalias por ejercer actividades sindicales o reivindicativas. Este pronunciamiento refuerza la protección de las personas profesionales de la información cuando denuncian presiones o malas prácticas dentro de los medios. También evidencia que la participación en movilizaciones en defensa de un periodismo independiente forma parte del ejercicio legítimo de la libertad de expresión.

    No es la primera condena contra la corporación por hechos similares, lo que pone de relieve un problema estructural. Desde el comité de empresa consideran que la sentencia supone un punto de inflexión para el sector. En este sentido, se destaca la importancia de garantizar que los y las periodistas puedan expresar discrepancias profesionales sin sufrir represalias. La decisión judicial amplía la protección de derechos más allá de los conflictos estrictamente laborales, incluyendo protestas contra la manipulación informativa. Todo ello refuerza el principio de que la libertad de expresión y la independencia profesional son pilares esenciales para un periodismo libre y para la calidad democrática